PRODII

PLAN TERRITORIAL DE DESARROLLO INTEGRAL

PRESENTACIÓN

La Constitución Política del Estado (CPE) Plurinacional de Bolivia, en su artículo 316, numeral 1, señala que se debe conducir el proceso de planificación económica y social con participación y consulta ciudadana y su alcance se definirá en una Ley específica. También dispone que el nivel central del Estado tiene competencia privativa sobre la planificación y los gobiernos de las entidades territoriales autónomas tienen competencia exclusiva.