PRESENTACIÓN
La Constitución Política del Estado (CPE) Plurinacional de Bolivia, en su artículo 316, numeral 1, señala que se debe conducir el proceso de planificación económica y social con participación y consulta ciudadana y su alcance se definirá en una Ley específica. También dispone que el nivel central del Estado tiene competencia privativa sobre la planificación y los gobiernos de las entidades territoriales autónomas tienen competencia exclusiva.